Clase 1 (25 y 28 de Julio). Presentación del módulo, Identificación de saberes previos
Comercio Internacional
El técnico en Comercio Internacional tendrá los conocimientos, habilidades y herramientas para desempeñar actividades relacionadas con el trámite de exportaciones e importaciones en ocupaciones como: Asistente de exportaciones, Asistente de importaciones, Asistente de comercio internacional, Agente de aduana, Agente portuario, Agente marítimo y Agente de embarque.
IMPORTANCIA DEL COMERCIO INTERNACIONAL PARA LA ECONOMIA DE UN PAÍS
El comercio internacional juega un papel fundamental en la economía de un país, actuando como un motor de crecimiento y desarrollo. Su impacto se manifiesta en diversos aspectos, desde la generación de empleo y riqueza hasta la promoción de la innovación y competitividad. A continuación, se destacan algunos de los beneficios más relevantes:
1. Ampliación del mercado: El comercio internacional permite a las empresas acceder a nuevos mercados y clientes, diversificando su base de consumidores y aumentando sus ventas potenciales. Esto, a su vez, conduce a un aumento de la producción, la creación de nuevos empleos y el crecimiento económico general.
2. Especialización y eficiencia: Al participar en el comercio internacional, los países pueden especializarse en la producción de bienes y servicios en los que tienen una ventaja comparativa, lo que les permite optimizar sus recursos y aumentar su eficiencia productiva. Esto se traduce en productos de mayor calidad a precios más competitivos, beneficiando tanto a los consumidores como a las empresas.
3. Transferencia de tecnología y conocimiento: El intercambio comercial facilita la transferencia de tecnología y conocimiento entre países, permitiendo a las empresas locales acceder a nuevas técnicas de producción y gestión empresarial. Esto contribuye a la modernización de las industrias, el desarrollo de nuevos productos y la mejora de la productividad.
4. Competencia y dinamismo: La competencia en el mercado internacional obliga a las empresas a innovar, mejorar sus productos y servicios, y ofrecer precios más competitivos. Esto genera un ambiente dinámico en la economía, estimulando la inversión, la creación de nuevas empresas y el crecimiento general.
5. Acceso a bienes y servicios: El comercio internacional permite a los consumidores acceder a una amplia variedad de bienes y servicios que no se producen en su propio país. Esto aumenta su bienestar y les brinda más opciones para satisfacer sus necesidades y deseos.
6. Generación de divisas: Las exportaciones generan divisas extranjeras, las cuales son esenciales para financiar importaciones, pagar la deuda externa y mantener la estabilidad de la moneda nacional.
7. Relaciones internacionales: El comercio internacional fomenta la cooperación y las relaciones pacíficas entre países, contribuyendo a un mundo más globalizado e interconectado.
En resumen, el comercio internacional es una herramienta indispensable para el desarrollo económico de un país. Al abrirse al comercio internacional, las naciones pueden aprovechar las ventajas de la especialización, aumentar su competitividad, mejorar el bienestar de sus ciudadanos y fortalecer sus relaciones con el resto del mundo.
QUÉ ES LA ECONOMIA DE MERCADO
La economía de mercado, también conocida como economía libre, es un sistema económico en el que la producción y el consumo de bienes y servicios están determinados principalmente por la interacción entre oferta y demanda en el mercado, con una mínima intervención del gobierno. En este sistema, los precios de los bienes y servicios son establecidos libremente por los compradores y vendedores, sin control estatal.
Características principales de la economía de mercado:
Propiedad privada de los medios de producción: Los medios de producción, como la tierra, el capital y las empresas, son propiedad de individuos o entidades privadas.
Libertad de empresa: Las empresas tienen la libertad de producir los bienes y servicios que deseen, y de competir entre sí en el mercado.
Libertad de consumo: Los consumidores tienen la libertad de elegir qué bienes y servicios quieren comprar, y dónde comprarlos.
Sistema de precios: Los precios de los bienes y servicios son determinados por la oferta y la demanda en el mercado.
Competencia: La competencia entre las empresas es un elemento clave de la economía de mercado, lo que ayuda a mantener los precios bajos y la calidad alta.
Rol limitado del gobierno: El gobierno tiene un rol limitado en la economía de mercado, y generalmente se enfoca en proporcionar un marco legal y regulatorio adecuado para el funcionamiento del mercado, proteger la propiedad privada y garantizar la competencia.
Ventajas de la economía de mercado:
Eficiencia: La economía de mercado se considera un sistema eficiente para la asignación de recursos, ya que los precios son señales que guían a las empresas a producir lo que los consumidores demandan.
Innovación: La competencia en el mercado incentiva a las empresas a innovar y desarrollar nuevos productos y servicios para mantenerse competitivas.
Crecimiento económico: La economía de mercado ha demostrado ser un motor de crecimiento económico, ya que permite la creación de nuevas empresas y empleos, y la expansión de los mercados.
Libertad individual: La economía de mercado promueve la libertad individual, ya que las personas tienen la libertad de elegir qué producir, qué consumir y cómo trabajar.
Desafíos de la economía de mercado:
Desigualdad: La economía de mercado puede generar desigualdades en la distribución del ingreso y la riqueza.
Fallos del mercado: En algunos casos, el mercado puede fallar en asignar los recursos de manera eficiente, por ejemplo, en presencia de externalidades o monopolios.
Ciclo económico: La economía de mercado puede ser propensa a ciclos económicos, con períodos de auge y recesión.
Problemas ambientales: La búsqueda de la eficiencia y el crecimiento económico en la economía de mercado puede generar problemas ambientales, como la contaminación y el agotamiento de los recursos naturales.
En la práctica, ninguna economía es puramente de mercado o puramente planificada. La mayoría de las economías del mundo son economías mixtas, que combinan elementos de ambos sistemas.
En resumen, la economía de mercado es un sistema económico complejo con ventajas y desventajas. Es importante comprender las características, ventajas y desafíos de este sistema para poder evaluar sus efectos en una sociedad y tomar decisiones informadas sobre su funcionamiento.
Clase 2 y 3 (1 y 6 de agosto) Principios y terminología del comercio Internacional - Ruta comercial
Artículo 3°.Definiciones. Las expresiones usadas en este decreto, para efectos de su aplicación, tendrán el significado que a continuación se determina:
Abandono legal. Situación en que se encuentra una mercancía cuando, vencido el término de permanencia establecido para cada depósito, no ha sido reembarcada, no ha sido sometida a un régimen aduanero o no se ha modificado el régimen inicial, en los términos establecidos en este decreto.
También procede el abandono legal cuando las mercancías permanezcan en el lugar de arribo por un término superior al establecido en el artículo 169 del presente decreto y conforme a las condiciones allí previstas.
Abandono voluntario. Es el acto mediante el cual, quien tiene derecho a disponer de la mercancía, comunica a la autoridad aduanera que la deja a favor de la nación en forma total o parcial, siempre y cuando el abandono sea aceptado por dicha autoridad. En este evento, el oferente deberá sufragar los gastos que el abandono ocasione, incluida la destrucción si fuere necesario.
Acta de inspección o de hechos. Es el acto administrativo de trámite en donde se consignan las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realiza la diligencia de inspección de mercancías de procedencia extranjera, visitas de verificación o de registro, o acciones de control operativo; la cual contiene como mínimo la siguiente información en lo que le corresponda:
Facultades legales del funcionario para actuar, lugar, fecha, número y hora de la diligencia; identificación del medio de transporte en que se moviliza la mercancía, identificación de las personas que intervienen en la diligencia, y de las que aparezcan como titulares de derechos o responsables de las mercancías involucradas; descripción, cantidad y valor de las mercancías; motivación de los hallazgos encontrados, relación de las objeciones del interesado, de las pruebas practicadas o aportadas con ocasión de la diligencia, así como el fundamento legal de la decisión.
Acuerdo comercial. Entendimiento bilateral, plurilateral o multilateral entre Estados, que puede ser de cooperación internacional o de integración internacional. A efectos de la aplicación de este decreto en materia de origen, comprende principalmente los tratados de libre comercio, los acuerdos de promoción comercial y los acuerdos de alcance parcial, suscritos por Colombia, que se encuentren vigentes o en aplicación provisional.
Administración aduanera. Es el órgano de la Administración Pública competente para ejercer el control y la potestad aduanera a efectos de aplicar y velar por el cumplimiento de la normatividad aduanera, recaudar los tributos aduaneros, sanciones, tasas y cualquier otro concepto que deba percibir la aduana.
Aduana de destino. Es aquella donde finaliza una operación de tránsito.
Aduana de partida. Es aquella donde se inicia una operación de tránsito.
Aduana de paso. Es cualquier aduana por donde circulan mercancías en tránsito sin que se haya finalizado la operación de tránsito.
Almacenamiento. Es el depósito de mercancías bajo el control de la autoridad aduanera en depósitos de carácter público o privado, habilitados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Análisis integral en el control previo, simultáneo y posterior. El análisis integral en el control previo es el que deberá realizar la autoridad aduanera confrontando la información que obra en los servicios informáticos electrónicos, con la contenida en los documentos de viaje y/o en los documentos que soportan la operación comercial o en certificaciones emitidas en el exterior por el responsable del despacho, para establecer si hay inconsistencias y si las mismas están o no justificadas.
El análisis integral en el control simultáneo o posterior es el que deberá realizar la autoridad aduanera para comparar la información contenida en una declaración aduanera respecto de sus documentos soporte, con el propósito de determinar si hay errores en la cantidad o errores u omisiones en la descripción de la mercancía que conlleven a que la mercancía objeto de control sea diferente a la declarada
Aprehensión. Es una medida cautelar consistente en la retención de mercancías, medios de transporte o unidades de carga, mientras la autoridad aduanera verifica su legal introducción, permanencia y circulación dentro del territorio aduanero nacional, en los términos previstos en este decreto.
Archivo electrónico. Es cualquier documento en forma de mensaje de datos, generado, enviado, recibido, almacenado o comunicado en medios electrónicos, ópticos o similares, garantizando las condiciones y requisitos para su conservación de conformidad con el artículo 12 de la Ley 527 de 1999 o normas que la modifiquen o sustituyan. Su contenido está en un código digital, que puede ser leído, reproducido y transferido a los Servicios Informáticos Electrónicos.
Autoridad aduanera. Es el funcionario público o dependencia oficial que en virtud de la ley y en ejercicio de sus funciones, tiene la facultad para exigir o controlar el cumplimiento de las normas aduaneras.
Autorización de embarque. Es el acto mediante el cual la administración aduanera permite la salida del territorio aduanero nacional de las mercancías que han sido sometidas al régimen de exportación.
Aviso de arribo. Es el informe que se presenta a la administración aduanera sobre la fecha y hora en que un medio de transporte con pasajeros y sin carga, o en lastre, o en escala o recalada técnica, arribará al territorio aduanero nacional.
Aviso de llegada. Es el informe que se presenta a la administración aduanera al momento de la llegada del medio de transporte al territorio aduanero nacional.
Bulto. Es toda unidad de embalaje independiente y no agrupada de mercancías, acondicionada para el transporte.
Carga. Conjunto de mercancías que son objeto de una operación de transporte desde un puerto, aeropuerto, terminal terrestre o lugar de entrega, con destino a otro puerto, aeropuerto, terminal terrestre o lugar de destino, amparadas en un documento de transporte.
Carga a granel. Es toda carga sólida, líquida o gaseosa, transportada en forma masiva, homogénea y sin empaque.
Carga consolidada. Agrupamiento de mercancías pertenecientes a uno o varios destinatarios, reunidas para ser transportadas de un puerto, aeropuerto o terminal terrestre, con destino a otro puerto, aeropuerto o terminal terrestre, en unidades de carga, amparadas por un único documento de transporte máster.
Certificación de origen no preferencial. Documento físico en el que un importador certifica que una mercancía califica como originaria del país declarado en razón a que cumple con la regla de origen no preferencial establecida para esta mercancía.
Certificado al Proveedor - CP. Es el documento en el que consta que las Sociedades de Comercialización Internacional, autorizadas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reciben de sus proveedores productos colombianos adquiridos a cualquier título en el mercado interno o fabricados por productores socios de las mismas, y se obligan a exportarlos en su mismo estado o una vez transformados, dentro de los términos establecidos en el numeral 6 del artículo 69 del presente decreto y de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 481 del Estatuto Tributario. Este documento no es transferible a ningún título.
Cuando el proveedor se catalogue como no responsable del IVA, a la luz de lo determinado por la Ley 1943 de 2018, en el Certificado al Proveedor se anotará la siguiente leyenda: “Proveedor no responsable del IVA. Este documento no es válido para solicitar devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA)”.
Los certificados al proveedor serán expedidos a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en la forma, contenido y términos establecidos por esta entidad.
Los certificados al proveedor son documentos soporte de la declaración de exportación cuando el exportador sea una Sociedad de Comercialización Internacional.
Comercio ilícito. Es toda práctica o conducta prohibida por las normas, relativa a la producción, envío, recepción, posesión, distribución, venta o compra, incluida cualquier práctica o conducta destinada a facilitar esa actividad, tal como, el contrabando, la violación de los derechos de propiedad intelectual, la fabricación ilícita de determinados productos y la subfacturación.
Comportamiento esperado. Es aquella conducta que espera la autoridad aduanera de los usuarios aduaneros cuyo incumplimiento no genera sanción alguna. Sin embargo, su inobservancia puede considerarse para efectos del Sistema de Gestión de Riesgos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Consignatario. Es la persona natural o jurídica a quien el remitente o embarcador en el exterior envía una mercancía, y que como tal es designada en el documento de transporte.
El consignatario puede ser el destinatario.
También podrán ser consignatarios los consorcios y las uniones temporales que se constituyan para celebrar contratos con el Estado en desarrollo de la Ley 80 de 1993, siempre y cuando dicha posibilidad se prevea en el correspondiente acto constitutivo del consorcio o unión temporal.
Contenedor. Es un elemento de equipo de transporte reutilizable, que consiste en un cajón portátil, tanque movible u otro elemento análogo, total o parcialmente cerrado, destinado a contener mercancías para facilitar su transporte por uno o varios modos de transporte, sin manipulación intermedia de la carga, de fácil llenado y vaciado y de un volumen interior de un metro cúbico, por lo menos.
El término contenedor comprende los accesorios y equipos propios del mismo, según el modo de transporte de que se trate, siempre que se transporten junto con el contenedor.
No comprende los vehículos, los accesorios o piezas de recambio de los vehículos ni los embalajes.
Cruce de frontera. Es el paso autorizado por los países en su frontera común para la circulación de personas, mercancías y vehículos.
Declaración aduanera. Es el acto o documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero específico aplicable a las mercancías y suministra los elementos e información que la autoridad aduanera requiere.
Declaración de ingreso. La declaración de ingreso es el documento aduanero mediante el cual el declarante registra la información de la mercancía que se trasladará e ingresará a: i) una zona franca, ii) un centro de distribución logística internacional, iii) un depósito privado para transformación y/o ensamble, iv) un depósito privado para procesamiento industrial, v) un depósito para distribución internacional, vi) un depósito de provisiones de a bordo para consumo y para llevar o vii) un depósito franco. Esta declaración podrá ser inicial o anticipada, según corresponda.
Declaración juramentada de origen. Declaración bajo juramento emitida por el productor que contiene información del proceso productivo, materiales, costos de producción y en general toda aquella información que permita establecer que la mercancía es originaria y que sirve como soporte para la expedición de una prueba de origen.
Declarante. Es la persona que suscribe y presenta una declaración aduanera a nombre propio o por encargo de terceros. El declarante debe realizar los trámites inherentes a su despacho.
Decomiso. Acto en virtud del cual pasan a poder de la nación las mercancías, medios de transporte o unidades de carga, respecto de los cuales no se acredite el cumplimiento de los trámites previstos para su legal introducción, permanencia y circulación en el territorio aduanero nacional.
Derechos de aduana. Los derechos establecidos en el arancel de aduana, a los cuales se encuentran sometidas las mercancías, tanto a la entrada como a la salida del territorio aduanero nacional, cuando haya lugar a ello.
Descripción errada o incompleta. Es la información con errores u omisiones parciales en la descripción exigible de la mercancía en la declaración aduanera o factura de nacionalización, distintos al serial, que no conlleven a que se trate de mercancía diferente.
Descripción errada o incompleta del serial. Es la información con errores u omisiones parciales en el serial de las mercancías.
Desperdicio. Es el material que resulta de un proceso productivo, que se costea dentro del proceso, pero no le agrega valor, en cantidades que resulten insuficientes para la producción del bien final que se obtiene del mismo proceso y que pueden dar lugar a su reutilización para otros subprocesos o para otros fines. Los desperdicios están sujetos al pago de tributos aduaneros cuando se destinen a un régimen que cause el pago de los mismos, de conformidad con lo previsto en este decreto.
Destinatario. Es la persona natural o jurídica que recibe las mercancías o a quien se le haya endosado en propiedad el documento de transporte, y que, por las condiciones del contrato de transporte, puede no ser el mismo consignatario.
Digitalizar. Es la acción de convertir la información de la imagen de un documento físico, empleando un escáner u otro dispositivo, en representaciones electrónicas en un código digital, que puede ser transferido, procesado y almacenado por los Servicios Informáticos Electrónicos.
Dispositivo de seguridad. Es un elemento, aparato o equipo utilizado o exigido por la autoridad aduanera para garantizar el control, que se coloca en las mercancías, unidades de carga, medios de transporte o medios de prueba, tales como precintos, dispositivos electrónicos de seguridad, candados, cintas.
Dispositivo electrónico de seguridad. Es un equipo electrónico exigido por la administración aduanera, que se coloca en las mercancías, en las unidades de carga o en los medios de transporte para asegurar la integridad de la carga, mediante el registro de todos los cierres y aperturas y para transmitir el posicionamiento de los mismos, permitiendo un monitoreo las veinticuatro (24) horas del día en tiempo real y con memoria de eventos.
Dispositivo de trazabilidad de carga. El dispositivo de trazabilidad de carga es un equipo electrónico exigido por la autoridad aduanera, que se coloca en las mercancías, en las unidades de carga o en los medios de transporte, para asegurar la integridad de la carga mediante el registro de todos los cierres y aperturas y la transmisión del posicionamiento de las unidades de carga y los medios de transporte, permitiendo el monitoreo las veinticuatro (24) horas del día en tiempo real y con memoria de eventos.
Documento consolidador de carga. Documento que contiene la relación de los documentos de transporte hijos de todas las cargas, agrupadas y a bordo del medio de transporte, que van a ser cargadas y descargadas en un puerto o aeropuerto a nombre de un agente de carga internacional.
Documento digitalizado. Es el documento físico cuya imagen ha sido sometida a un procedimiento de digitalización.
Documento electrónico. Es el creado o generado en un formulario electrónico que pueda ser leído, reproducido y transferido a los Servicios Informáticos Electrónicos.
Documento de transporte. Término genérico que comprende el documento marítimo, aéreo, terrestre, fluvial o ferroviario, que el transportador respectivo o el agente de carga internacional o el operador de transporte multimodal, entrega como certificación del contrato de transporte y recibo de la mercancía que será entregada al consignatario o destinatario en el lugar de destino.
Cuando este documento es expedido por el transportador, se denomina documento de transporte directo.
El documento de transporte emitido por el transportador o por el agente de carga internacional que corresponda a carga consolidada, se denominará máster.
Asimismo, cuando el documento de transporte se refiera específicamente a una de las cargas agrupadas en el documento consolidador de carga, y lo expida un agente de carga internacional, se denomina documento de transporte hijo.
Cuando el documento de transporte lo expide un operador de transporte multimodal, se denomina, documento o contrato de transporte multimodal, el que acredita que el operador ha tomado las mercancías bajo su custodia y se ha comprometido a entregarlas de conformidad con las cláusulas del contrato.
El documento de transporte podrá ser objeto de endoso aduanero parcial o total. De igual manera, podrá ser objeto de endoso total en propiedad.
Documento de transporte de tráfico postal. Es el documento que da cuenta del contrato entre el expedidor y la empresa prestadora del servicio postal, haciendo las veces de documento de transporte por cada envío. En este documento se debe especificar la descripción genérica de la mercancía, la cantidad de piezas, el valor declarado por la mercancía, el nombre y dirección del remitente, el nombre, dirección y ciudad del destinatario y el peso bruto del envío.
Documentos de viaje. Comprenden el manifiesto de carga, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones, las guías aéreas, los conocimientos de embarque o cartas de porte, según corresponda, sus documentos hijos y el documento de transporte multimodal, cuando a ello haya lugar.
Bajo este concepto quedan comprendidos el manifiesto de tráfico postal y el manifiesto expreso, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones y las guías de empresa de mensajería especializada y el documento de transporte de tráfico postal.
Endoso aduanero. Es aquel que realiza el último consignatario del documento de transporte a nombre de una agencia de aduanas, para adelantar trámites necesarios para el cumplimiento de un régimen aduanero o modalidad o actividades conexas con los mismos, ante la autoridad aduanera.
El endoso aduanero no transfiere el dominio o propiedad sobre las mercancías.
Efectos personales. Los efectos personales son todos los artículoss nuevos o usados que un viajero pueda necesitar para su uso personal en el transcurso del viaje, teniendo en cuenta las circunstancias del mismo, que se encuentren en sus equipajes acompañados o no acompañados, o los lleven sobre sí mismos o en su equipaje de mano, con exclusión de cualquier mercancía que constituya expedición comercial.
Envíos urgentes. Se entiende por envíos urgentes toda aquella mercancía que requiere un despacho expreso a través de Empresas de Mensajería Especializada, con sujeción a las regulaciones previstas en este decreto.
Equipaje. Son todos aquellos efectos personales y demás artículos contenidos en maletas, maletines, tulas, baúles, cajas o similares, que lleva el viajero en un medio de transporte.
Equipaje acompañado. Es el que lleva consigo el viajero al momento de su entrada o salida del país.
Equipaje no acompañado. Es el que llega o sale del país, con anterioridad o posterioridad a la llegada o salida del viajero, a cuyo nombre debe estar consignado en el correspondiente documento de transporte.
Exportación. Es la salida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país.
También se considera exportación, además de las operaciones expresamente consagradas como tales en este decreto, la salida de mercancías a una zona franca y a un depósito franco en los términos previstos en el presente decreto.
Guía de empresa de mensajería especializada. Es el documento que contiene las condiciones del servicio de transporte; da cuenta del contrato de transporte entre el remitente y la empresa prestadora del servicio expreso, haciendo las veces de documento de transporte por cada envío. De acuerdo con la información proporcionada por el remitente, este documento contiene: la descripción genérica de la mercancía, la cantidad de piezas, el valor de la mercancía, el nombre, dirección y ciudad del remitente, el nombre, dirección y ciudad del destinatario, el peso bruto del envío, la red de transporte a la cual pertenece y el código de barras; estos datos pueden aparecer expresamente en el documento o estar contenidos en el código de barras.
Importación. Es la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional cumpliendo con los términos y condiciones previstos en el presente decreto.
También se considera importación, la introducción de mercancías procedentes de Zona Franca, o de un depósito franco al resto del territorio aduanero nacional, en las condiciones previstas en este decreto.
Impresos. Para efectos de la aplicación de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes y de conformidad con lo previsto en la Ley 1369 de 2009, es toda clase de impresión en papel u otro material. Los impresos incluyen, folletos, catálogos, prensa periódica y revistas de hasta dos (2) kg.
Infraestructuras Logísticas Especializadas (ILE). Son áreas delimitadas donde se realizan, por parte de uno o varios operadores, actividades relativas a la logística, el transporte, manipulación y distribución de mercancías, funciones básicas técnicas y actividades de valor agregado para el comercio de mercancías nacional e internacional.
Contemplan los nodos de abastecimiento mayorista, centros de transporte terrestre, áreas logísticas de distribución, centros de carga aérea, zonas de actividades logísticas portuarias, puertos secos y zonas logísticas multimodales.
En las Infraestructuras Logísticas Especializadas (ILE) se podrán realizar las operaciones aduaneras que defina la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de modo que estas infraestructuras se integren a los corredores logísticos de importancia estratégica y se facilite el comercio exterior, aprovechando la intermodalidad para el movimiento de mercancías desde y hacia los puertos de origen o destino.
En las Infraestructuras Logísticas Especializadas (ILE) podrán concurrir diferentes usuarios aduaneros y desarrollarse las actividades aduaneras propias de los regímenes aduaneros y/o de las operaciones previstas en este decreto, en las condiciones y términos que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Inspección Aduanera. Es la actuación que realiza la autoridad aduanera competente con el fin de verificar la naturaleza, descripción, estado, cantidad, peso y medida; así como el origen, valor y clasificación arancelaria de las mercancías; para la correcta determinación de los tributos aduaneros, régimen aduanero y cualquier otro recargo percibido por la aduana y para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera y demás disposiciones, cuya aplicación o ejecución sean de competencia o responsabilidad de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Cuando la inspección aduanera implica la verificación de la mercancía, será física y cuando se realiza únicamente con base en la información contenida en la declaración y en los documentos que la acompañan, será documental.
La inspección aduanera física será no intrusiva, cuando la revisión se realice a través de equipos de alta tecnología que no implique la apertura de las unidades de carga o de los bultos.
Inspección previa de la mercancía. Es la que efectúa el importador o agente de aduanas, previo aviso a la autoridad aduanera, de las mercancías importadas al Territorio Aduanero Nacional, una vez presentado el informe de descargue e inconsistencias y con anterioridad a la presentación y aceptación de la declaración aduanera de importación.
El declarante o agencia de aduanas podrá efectuar la inspección previa, después de presentada una declaración anticipada y antes de que se active la selectividad como resultado de la aplicación del sistema de gestión del riesgo.
Instalaciones industriales. Son los lugares privados destinados para llevar a cabo, principalmente, las operaciones de perfeccionamiento o de transformación y/o ensamble, de mercancías de procedencia extranjera, de conformidad con lo previsto en el presente Decreto.
Intervención de la autoridad aduanera. Consiste en la acción de la autoridad aduanera, en el control previo, simultáneo o posterior, que se inicia con la notificación del acto administrativo que autoriza la acción de control de que se trate.
Levante. Es el acto por el cual la autoridad aduanera permite a los interesados la disposición de la mercancía, previo el cumplimiento de los requisitos legales o el otorgamiento de garantía, cuando a ello haya lugar.
Lista de empaque. Documento comercial que tiene por objeto detallar las mercancías contenidas en cada bulto.
Mandato aduanero. Es el contrato en virtud del cual el importador o exportador faculta a una agencia de aduanas para que, en su nombre y representación, lleve a cabo los trámites aduaneros necesarios para el cumplimiento de un régimen aduanero o modalidad o actividades conexas con los mismos.
Manifiesto de carga. Es el documento que contiene la relación de todos los bultos que comprende la carga y la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte, y que va a ser cargada o descargada en un puerto o aeropuerto, o ingresada o exportada por un paso de frontera, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes.
Manifiesto Expreso. Es el documento que contiene la individualización de cada uno de los documentos de transporte correspondientes a los envíos urgentes.
Manifiesto de tráfico postal. Es el documento que contiene la individualización de cada uno de los envíos de correo que ingresan o salen por la red del operador postal oficial.
Matrícula de depósito. Es el documento físico o electrónico que hace constar la recepción para el almacenamiento, guarda y custodia de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas - mercancías ADA en el recinto de almacenamiento autorizado y puesto a disposición por el operador logístico integral, contratado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Entiéndase por documento equivalente de la matrícula de depósito, el acta de ingreso al recinto de almacenamiento (acta de aprehensión, acta de ingreso y avalúo de mercancías en abandono (AIAMA) o Acta de ingreso de Bienes Muebles Adjudicados a la Nación, etc.) o el que genere el operador logístico integral a nombre de un beneficiario de donación de mercancías.
Medio de transporte. Es cualquier nave, aeronave, vagón de ferrocarril o vehículo de transporte por carretera, incluidos los remolques y semirremolques, cuando están incorporados a un tractor o a otro vehículo automóvil que movilizan mercancías.
Medios irregulares. Son todos los métodos, mecanismos, prácticas o herramientas que se utilicen fuera de los parámetros legales para obtener beneficios, autorizaciones, habilitaciones, reconocimientos, inscripciones, renovaciones, calificaciones, homologaciones o declaratorias de existencia de un usuario de las operaciones de comercio exterior objeto de registro aduanero; así como para simular o hacer suponer el cumplimiento de una obligación o trámite aduanero.
Menaje. Es el conjunto de muebles, aparatos, enseres y demás accesorios de utilización normal en una vivienda.
Mercancía. Son todos los bienes susceptibles de ser clasificados en la nomenclatura arancelaria y sujetos a control aduanero.
Mercancía declarada. Es la mercancía nacional o extranjera que se encuentra descrita en una declaración aduanera conforme con las exigencias previstas en este decreto.
Mercancía de disposición restringida. Es aquella mercancía cuya circulación, enajenación o destinación está sometida a condiciones o restricciones aduaneras.
Mercancía diferente. Es aquella mercancía que, verificada documental o físicamente, se advierte que no tiene correspondencia en sus características fundamentales respecto a la mercancía declarada.
También es mercancía diferente aquella que presenta omisión o error total en el serial, sin perjuicio de la aplicación del análisis integral.
Los errores en digitación del documento de transporte y de la planilla de envío o de descripción errada o incompleta de la mercancía contenidos en la declaración aduanera o en la factura de nacionalización, no significarán que se trata de mercancía diferente, salvo los casos expresamente previstos en el presente decreto.
Mercancía en libre disposición. Es la mercancía que no se encuentra sometida a restricción aduanera alguna.
Mercancía nacionalizada. Es la mercancía de origen extranjero que se encuentra en libre disposición por haberse cumplido todos los trámites exigidos por las normas aduaneras.
Mercancía oculta. Aquella que se encuentre escondida o encubierta del control aduanero.
Mercancía presentada. Mercancía de procedencia extranjera introducida al Territorio Aduanero Nacional por lugar habilitado, relacionada en el manifiesto de carga y amparada en el documento de transporte, que ha sido puesta a disposición de la autoridad aduanera en la oportunidad señalada en las normas aduaneras.
También se considera mercancía presentada aquella de que tratan los eventos expresamente contemplados en el presente decreto.
Mercancías ADA. Son aquellas mercancías aprehendidas, decomisadas, abandonadas o que sean objeto de cualquier otra medida cautelar prevista en el Decreto número 920 de 2023.
Nacionalización de mercancías. Consiste en el cumplimiento de todos los trámites exigidos por las normas aduaneras para permitir a las mercancías introducidas al territorio aduanero nacional, ser sometidas a la modalidad de importación que corresponda. La nacionalización comprende desde la presentación de la declaración aduanera hasta la culminación del régimen de importación correspondiente que, mediante el otorgamiento del levante por parte de la autoridad aduanera, garantice su libre disposición.
Obligación categorizada. Es una obligación prevista en la normatividad aduanera cuyo incumplimiento es susceptible de sancionarse de acuerdo con las infracciones categorizadas en el parágrafo 1 del artículo 15 del Decreto número 920 de 2023.
Operación aduanera. Toda actividad de embarque, desembarque, entrada, salida, traslado, circulación y almacenamiento de las mercancías sujeta al control aduanero.
Operación de perfeccionamiento. Es la transformación, elaboración, manufactura, procesamiento, o reparación de las mercancías importadas o exportadas temporalmente para la obtención de productos compensadores que serán objeto de exportación o de reimportación.
Operador Logístico Integral de mercancías ADA. Es la empresa especializada encargada de realizar las actividades necesarias de recepción, transporte, almacenamiento, guarda, custodia, conservación, control de inventarios, despacho, entrega y demás servicios complementarios asociados a la administración de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación o que sean objeto de cualquier otra medida cautelar, en los lugares y bajo las condiciones requeridas por la entidad.
Planilla de entrega. Es el registro mediante el que se hace efectiva la entrega de la carga en el lugar de arribo, donde se relacionan los datos del documento de transporte, dejando constancia de la cantidad, estado de los bultos entregados y de los dispositivos electrónicos de seguridad.
Planilla de envío. Es el registro mediante el que se autoriza y ampara el traslado de la carga bajo control aduanero de un lugar a otro ubicados en la misma jurisdicción aduanera, de acuerdo a lo previsto en el presente decreto.
Planilla de recepción. Es el registro mediante el que se relacionan los datos del documento de transporte recibido, dejando constancia de la carga recibida, de la cantidad, descripción genérica, peso y estado de los bultos, y del estado de los dispositivos electrónicos de seguridad, en los términos previstos en el presente decreto.
Planilla de traslado. Es el registro mediante el que se ampara el traslado de la carga o mercancía objeto de exportación, desde zona secundaria aduanera o depósito, a zona primaria aduanera, para su salida del Territorio Aduanero Nacional.
Potestad aduanera. Es el conjunto de facultades y atribuciones que tiene la administración aduanera para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de mercancías, unidades de carga y medios de transporte, hacia y desde el Territorio Aduanero Nacional, y para hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que conforman el ordenamiento jurídico aduanero.
Productos compensadores. Son aquellos productos obtenidos como resultado de una operación de perfeccionamiento activo o pasivo de mercancías.
Producto defectuoso. Es cualquier producto resultante de un proceso productivo que no cumple con las normas de calidad o estándares exigidos.
Provisiones de a bordo para consumo. Son las mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de la tripulación, a bordo de los buques, aeronaves o trenes que realicen viajes internacionales, ya sean objeto de venta o no, y las mercancías necesarias para el funcionamiento y la conservación de los mismos, incluyendo los combustibles, carburantes y lubricantes. Se excluyen las piezas de recambio y de equipo del medio de transporte, que se encuentren a bordo a la llegada o que se embarquen durante su permanencia en el territorio aduanero nacional.
Provisiones de a bordo para llevar. Son las mercancías para la venta a los pasajeros y a los miembros de la tripulación, de los buques y aeronaves, para ser desembarcadas y que se encuentran a bordo a la llegada, o que se embarcan durante la permanencia en el territorio aduanero nacional, de los buques o aeronaves utilizados en el tráfico internacional para el transporte oneroso de personas o para el transporte industrial o comercial de mercancías, sea o no oneroso.
Prueba de origen. Documento físico o electrónico en el que se hace constar que la mercancía califica como originaria para acceder a las preferencias arancelarias en el marco de un acuerdo comercial.
Para el efecto, se puede considerar como prueba de origen los documentos que para tal fin se encuentren previstos en cada acuerdo comercial.
Recinto de almacenamiento. Es la bodega, almacén, depósito y, en general, el inmueble contratado o designado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para la recepción, almacenamiento, guarda, custodia, conservación, restitución o pago de las mercancías aprehendidas, decomisadas, abandonadas a favor de la Nación u objeto de cualquier otra medida cautelar.
Reconocimiento de carga. Es la operación que puede realizar la autoridad aduanera con la finalidad de verificar peso, número de bultos y estado de los mismos, sin que para ello sea procedente su apertura, sin perjuicio de que se pueda examinar la mercancía cuando por perfiles de riesgo resulte necesario.
En el reconocimiento se podrán utilizar equipos de alta tecnología que permitan la inspección no intrusiva que no implique la apertura de las unidades de carga o de los bultos, en cuyo caso la imagen permitiría identificar mercancía no presentada.
Red de Transporte. Corresponde al conjunto de personas jurídicas utilizado por el operador de mensajería especializada para la recolección en origen, el transporte y la consolidación hasta la entrega al destinatario de las mercancías que ingresan al país bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.
Residente en el exterior. Para los efectos de los Programas Especiales de Exportación (PEX) y de los menajes, es la persona que habita en el exterior por lo menos veinticuatro (24) meses continuos o discontinuos, durante los tres (3) años inmediatamente anteriores a su llegada al país.
Residente en el país. Según lo previsto en el Estatuto Tributario y normas que lo reglamenten, es la persona natural que permanece de manera continua o discontinua en el Territorio Aduanero Nacional por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario, incluyendo días de entrada y salida del país, durante un período cualquiera de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario consecutivos.
También se consideran residentes las personas naturales nacionales que conserven la familia o el asiento principal de sus negocios en el país, aun cuando permanezcan en el exterior.
Residuo. Es el material que queda como inservible después de un proceso productivo o como consecuencia de la destrucción o desnaturalización de una mercancía, y que no se puede aprovechar para el fin inicialmente previsto. Los residuos están sujetos al pago de los tributos aduaneros, cuando se destinen a un régimen que cause el pago de los mismos, de conformidad con lo previsto en este decreto.
Saldos. Aquellos productos que, por cambio de moda, modelo, tecnología o por problemas de calidad, entre otros factores, se encuentren en desuso y, por consiguiente, su valor comercial sufre un menoscabo.
Servicios Informáticos Electrónicos. Son aquellos dispuestos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para la realización de los trámites, operaciones, procesos y procedimientos en materia aduanera, soportados en el software y hardware destinado para tal efecto.
Subproducto. Un subproducto es un producto secundario, generalmente útil y comercializable, derivado de un proceso productivo, que no es el producto primario resultante de este proceso. No es un desecho o residuo porque no se elimina, y se usa para otro proceso distinto.
Territorio Aduanero Nacional. Demarcación dentro de la cual se aplica la legislación aduanera; cubre todo el territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa el Estado colombiano, de conformidad con el derecho internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales.
Tráfico postal. Son todos los envíos de objetos postales que llegan o salen del Territorio Aduanero Nacional por la red del Operador Postal Oficial, en interconexión con la red de operadores designados de los países miembros de la Unión Postal Universal y/o con operadores privados de transporte en los países que se requiera por necesidades del servicio.
Trámite aduanero. El trámite aduanero es el conjunto de pasos, actuaciones y diligencias que deben llevarse a cabo en el marco del procedimiento aduanero, desde su inicio hasta su culminación.
Todas las alusiones en normas especiales a formalidad aduanera deberán entenderse referidas a trámite aduanero.
Transporte de mercancías a través del Territorio Aduanero Nacional. Es el transporte de mercancías desde un lugar de salida en el exterior en una misma operación de transporte, en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras del Territorio Aduanero Nacional.
Transporte multimodal. Es el traslado de mercancías por dos o más modos de transporte diferentes, en virtud de un único contrato de transporte multimodal, desde un lugar situado en un país en que el operador de transporte multimodal toma las mercancías bajo su custodia y responsabilidad, hasta otro lugar designado para su entrega, y en el que se cruza por lo menos una frontera.
Tributos aduaneros. Los derechos de aduana y todos los otros derechos, impuestos o recargos percibidos en la importación o con motivo de la importación de mercancías, salvo los recargos cuyo monto se limite al costo aproximado de los servicios prestados o percibidos por la aduana por cuenta de otra autoridad nacional.
El impuesto a las ventas causado por la importación de las mercancías al Territorio Aduanero Nacional, está comprendido dentro de esta definición.
No se consideran tributos aduaneros las sanciones, las multas y los recargos al precio de los servicios prestados.
Tripulantes. Son las personas que forman parte del personal que opera o presta sus servicios a bordo de un medio de transporte.
Turista. Persona natural que se traslada de su país de origen o procedencia al territorio del país de destino, sin que pueda ser considerado residente en el país de destino o tenga por finalidad establecer su residencia o lugar de domicilio en el mismo.
Unidad de carga. El continente utilizado para el acondicionamiento de mercancías con el objeto de posibilitar o facilitar su transporte, susceptible de ser remolcado, pero que no tenga tracción propia. Estas unidades de carga son las que se detallan a continuación:
Barcazas o planchones, contenedores, furgones, paletas, los remolques y semirremolques, tanques, vagones o plataformas de ferrocarril y otros elementos similares.
Unidad Funcional. Se entiende por unidad funcional una máquina o una combinación de máquinas que están constituidas por elementos individualizados para realizar conjuntamente una función definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84, 85 o 90, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y la Nota 3 del Capítulo 90 del Arancel de Aduanas, o la norma que haga sus veces, clasificada en la partida correspondiente a la función que realice.
Usuario aduanero. Es la persona natural, la persona jurídica o sucursal de sociedad extranjera, que hace parte o interviene, como importador, exportador, consorcio, unión temporal o declarante en los regímenes, modalidades, operaciones aduaneras o en cualquier trámite aduanero. También se considera usuario aduanero toda aquella persona que requiera autorización, habilitación o registro para actuar ante la administración aduanera.
De igual forma se considera usuario aduanero, la Nación, las Entidades Territoriales y las Entidades Descentralizadas, los organismos y entidades administrativos del orden nacional y territorial, los funcionarios diplomáticos acreditados y los Organismos Internacionales, cuando actúen como importador, exportador o declarante en los regímenes, modalidades, operaciones aduaneras o en cualquier trámite aduanero.
Viajeros. Son personas residentes en el país que salen al exterior y regresan al Territorio Aduanero Nacional, así como personas no residentes que llegan al país para una permanencia temporal o definitiva. El concepto de turista queda comprendido dentro de esta definición.
Viajeros en tránsito. Son personas que llegan del exterior y permanecen en el país a la espera de continuar su viaje hacia el extranjero, de conformidad con las normas de inmigración que rigen en el país.
Zona Primaria Aduanera. Es aquel lugar del Territorio Aduanero Nacional, habilitado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para la realización de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento, movilización o embarque de mercancías que entran o salen del país, donde la administración aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia.
También se considera Zona Primaria Aduanera el área declarada como Zona Franca, para efectos del ejercicio de la potestad de control y vigilancia por parte de la autoridad aduanera.
Zona Secundaria Aduanera. Es la parte del Territorio Aduanero Nacional que no constituye zona primaria aduanera, en donde la administración aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia.
DEFINICIONES DECRETO 0659 DE 2024
Artículo 1º. Adición y modificación de definiciones del artículo 3º del Decreto número 1165 de 2019. Adiciónense y modifíquense unas definiciones previstas en el artículo 3º del Decreto número 1165 de 2019, así:
“Abandono legal. Situación en que se encuentra una mercancía cuando, vencido el término de permanencia establecido para cada depósito, no ha sido reembarcada, no ha sido sometida a un régimen aduanero o no se ha modificado el régimen inicial, en los términos establecidos en este decreto.
También procede el abandono legal cuando las mercancías permanezcan en el lugar de arribo por un término superior al establecido en el artículo 169 del presente decreto y conforme a las condiciones allí previstas”.
“Comportamiento esperado. Es aquella conducta que espera la autoridad aduanera de los usuarios aduaneros cuyo incumplimiento no genera sanción alguna. Sin embargo, su inobservancia puede considerarse para efectos del Sistema de Gestión de Riesgos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)”.
“Declaración de ingreso. La declaración de ingreso es el documento aduanero mediante el cual el declarante registra la información de la mercancía que se trasladará e ingresará a: i) una zona franca, ii) un centro de distribución logística internacional, iii) un depósito privado para transformación y/o ensamble, iv) un depósito privado para procesamiento industrial, v) un depósito para distribución internacional, vi) un depósito de provisiones de a bordo para consumo y para llevar o vii) un depósito franco. Esta declaración podrá ser inicial o anticipada, según corresponda”.
“Descripción errada o incompleta del serial. Es la información con errores u omisiones parciales en el serial de las mercancías”.
“Matrícula de depósito. Es el documento físico o electrónico que hace constar la recepción para el almacenamiento, guarda y custodia de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas - mercancías ADA en el recinto de almacenamiento autorizado y puesto a disposición por el operador logístico integral, contratado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Entiéndase por documento equivalente de la matrícula de depósito, el acta de ingreso al recinto de almacenamiento (acta de aprehensión, acta de ingreso y avalúo de mercancías en abandono (AIAMA) o Acta de ingreso de Bienes Muebles Adjudicados a la Nación, etc.) o el que genere el operador logístico integral a nombre de un beneficiario de donación de mercancías.”
“Mercancías ADA. Son aquellas mercancías aprehendidas, decomisadas, abandonadas o que sean objeto de cualquier otra medida cautelar prevista en el Decreto número 920 de 2023”.
“Mercancía diferente. Es aquella mercancía que, verificada documental o físicamente, se advierte que no tiene correspondencia en sus características fundamentales respecto a la mercancía declarada.
También es mercancía diferente aquella que presenta omisión o error total en el serial, sin perjuicio de la aplicación del análisis integral.
Los errores en digitación del documento de transporte y de la planilla de envío o de descripción errada o incompleta de la mercancía contenidos en la declaración aduanera o en la factura de nacionalización, no significarán que se trata de mercancía diferente, salvo los casos expresamente previstos en el presente decreto”.
“Obligación categorizada. Es una obligación prevista en la normatividad aduanera cuyo incumplimiento es susceptible de sancionarse de acuerdo con las infracciones categorizadas en el parágrafo 1 del artículo 15 del Decreto número 920 de 2023”.
“Operador Logístico Integral de mercancías ADA. Es la empresa especializada encargada de realizar las actividades necesarias de recepción, transporte, almacenamiento, guarda, custodia, conservación, control de inventarios, despacho, entrega y demás servicios complementarios asociados a la administración de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación o que sean objeto de cualquier otra medida cautelar, en los lugares y bajo las condiciones requeridas por la entidad”.
“Unidad Funcional. Se entiende por unidad funcional una máquina o una combinación de máquinas que están constituidas por elementos individualizados para realizar conjuntamente una función definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84, 85 o 90, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y la Nota 3 del Capítulo 90 del Arancel de Aduanas, o la norma que haga sus veces, clasificada en la partida correspondiente a la función que realice”.
Clase 4 (Agosto 15) Entidades y empresas de apoyo al comercio Internacional colombiano: DIAN, ministerio, Procolombia, ICA, INVIMA, Dimar, Policía antinarcóticos, Icontec, Policía fiscal aduanera, CONPES entre otras.
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIAN
https://www.dian.gov.co/dian/entidad/Paginas/Presentacion.aspx
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO (MINCIT)
https://www.mincit.gov.co/ministerio/organizacion
PROCOLOMBIA
https://procolombia.co/nosotros/que-es-procolombia#hcontent
VIDEO EXPOSICION GRUPO JUEVES
REQUISITOS DEL VIDEO
1. PORTADA
2. DESARROLLO DEL TEMA DE ACUERDO CON EL ENLACE
3. DIEZ (10) PREGUNTAS SIN RESPUESTA A MANERA DE TALLER PARA LOS COMPAÑEROS SOBRE EL TEMA.
GRUPO DIAN
MATIAS BOTERO
VANESSA OROZCO
SANTIAGO QUINTERO
MARIA JOSE GIRALDO
SANTIAGO JIMENEZ
GRUPO MINCIT
ESTEFANIA TOUS
VALENTINA TOVAR
VALENTINA VELEZ
MICHEL RIVAS
YULIANA GAVIRIA
GRUPO PROCOLOMBIA
SARA BASTIDAS
CARLOS QUINTERO
DAVID MEJIA
SOFIA MURILLO
VIDEO EXPOSICION GRUPO DOMINGO
REQUISITOS DEL VIDEO
1. PORTADA
2. DESARROLLO DEL TEMA DE ACUERDO CON EL ENLACE
3. DIEZ (10) PREGUNTAS SIN RESPUESTA A MANERA DE TALLER PARA LOS COMPAÑEROS SOBRE EL TEMA.
GRUPO DIAN
SANDRA CAROLINA ORREGO
ERICA MILEIDY HERRERA
YINETH GARCIA
GRUPO PROCOLOMBIA
JHOVANNI BOTERO
LUIS MARIO PATERNINA
JHON MARIO LOPEZ
GRUPO MINCIT
GARZÓN ECHEVERRI JUAN CAMILO
Clase 5 (22 de agosto) Entidades y empresas de apoyo al comercio Internacional colombiano: DIAN, ministerio, Procolombia, ICA, INVIMA, Dimar, Policía antinarcóticos, Icontec, Policía fiscal aduanera, CONPES entre otras.
6
Introducción y reconocimiento del decreto 1165 de 2019
7
Geografía Comercial
8
Introducción a los Regímenes del comercio internacional: exportación, importación, tránsito y depósito aduanero.
Clase 9 ( Evidencias Parciales
El podcast discute la importancia de la internacionalización y exportaciones en Colombia, destacando la necesidad de que las empresas, especialmente las pequeñas y medianas, se preparen para acceder a mercados internacionales. Se enfatiza la colaboración, la capacitación y la identificación de productos adecuados como claves para el éxito en el comercio exterior. Destacados: 01:56 La internacionalización es una oportunidad crucial para el crecimiento económico de Colombia. Promover las exportaciones es esencial para generar empleo y mejorar el Producto Interno Bruto del país. -El comercio exterior es un tema amplio que va más allá de lo que se enseña en la universidad. Es vital que las empresas y personas se motiven a explorar las exportaciones. -Colombia presenta un bajo per cápita exportador comparado con el promedio mundial. Incrementar las exportaciones podría tener un impacto positivo en el desarrollo económico del país. -Es fundamental que todas las áreas dentro de una empresa se involucren en el proceso de internacionalización. La colaboración entre mandos medios y directivos es clave para el éxito. 06:16 Es crucial que las empresas se pregunten si están listas para exportar, independientemente de su tamaño. La mayoría de las empresas exportadoras en Colombia son pequeñas y medianas. -El tejido empresarial en Colombia está compuesto mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, que representan solo el 6% de las registradas. Esto subraya la importancia de la internacionalización. -Las empresas deben analizar si su producto tiene demanda internacional y si han crecido en el mercado local antes de considerar la exportación. Esto ayuda a evitar errores en el proceso. -Es fundamental que las empresas identifiquen su nivel de madurez y el tipo de producto que desean exportar. Esto permitirá un enfoque más estratégico en la internacionalización. 12:19 La adaptación de productos para mercados internacionales es crucial. Identificar la demanda y ajustar las presentaciones o empaques puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso. -Es importante identificar qué productos de nuestro portafolio son adecuados para el mercado internacional. Esto implica entender las necesidades específicas de cada región. -Los cambios en la población, como el envejecimiento, requieren que revisemos nuestros segmentos de mercado. Adaptar los empaques para ser ergonómicos puede atraer a diferentes grupos. -Las herramientas como ITC permiten consultar la demanda global de productos. Conocer los principales importadores, como Estados Unidos y China, es esencial para planificar la exportación. 18:22 Colombia está trabajando para mejorar su inserción en cadenas globales de valor a través de acuerdos comerciales. Sin embargo, aún hay desafíos que enfrentar para facilitar la internacionalización de las empresas. -Los acuerdos comerciales permiten a Colombia acceder a 76 países, ofreciendo beneficios arancelarios que incrementan la competitividad de sus productos. Esto es clave para fomentar las exportaciones. -A pesar de los esfuerzos, muchos colombianos no saben cómo aprovechar los tratados de libre comercio. Es fundamental sensibilizarlos sobre los beneficios que pueden obtener al internacionalizarse. -Las empresas necesitan un diagnóstico interno para identificar brechas y definir mercados objetivos. Este análisis es vital para elaborar estrategias efectivas de internacionalización. 24:27 Es crucial que los agricultores colombianos reconozcan las oportunidades de exportación para mejorar su situación financiera. Al diversificar sus mercados, pueden obtener precios más justos y estables. -Las comercializadoras deben asegurar precios justos para motivar a los agricultores a exportar sus productos. Esto crea una relación de confianza necesaria para el éxito del negocio. -Es fundamental educar a los agricultores sobre las ventajas de exportar en lugar de depender solo del mercado nacional. Esto incluye la diversificación de riesgos y oportunidades constantes. -El empresario debe proactivamente buscar oportunidades en el mercado internacional. Esperar ayuda del estado puede retrasar el crecimiento y limitar el acceso a nuevos mercados. 30:31 La vocación de exportar debe ser genuina y compartida por todo el equipo de la empresa. Este proceso requiere tiempo y compromiso para evitar desánimos en el camino. -Las empresas que no siguen un proceso juicioso pueden enfrentar amargas experiencias durante su internacionalización. Saltarse pasos puede llevar a dificultades en la concreción de ventas internacionales. -Las comercializadoras internacionales juegan un papel crucial al consolidar productos de diferentes productores. Esto permite aprovechar oportunidades comerciales y mejorar la eficiencia en las exportaciones. -Los contratos internacionales son fundamentales para protegerse contra riesgos como incumplimientos o pérdidas. La formalización de acuerdos es esencial para asegurar la confianza en las negociaciones. 36:34 La logística de exportación requiere trabajar con proveedores de confianza que tengan certificaciones reconocidas. Esto garantiza la calidad del producto y la responsabilidad en caso de problemas durante el transporte. -Es fundamental utilizar dispositivos de seguimiento para monitorear la temperatura de productos sensibles como alimentos. Esto ayuda a identificar responsabilidades en caso de alteraciones durante el transporte. -Contratar supervisores neutrales en el país de destino puede asegurar que los productos lleguen en óptimas condiciones. Estos certificados brindan tranquilidad tanto al vendedor como al comprador. -El análisis del mercado de destino es crucial antes de exportar. Conocer las mejores rutas y canales de comercialización permite establecer un plan de acción efectivo para la internacionalización. 42:38 La internacionalización de Colombia ofrece una gran oportunidad para el desarrollo económico del país, mediante la exportación de bienes y servicios. Es crucial crear lazos de confianza entre empresarios y autoridades para facilitar este proceso. -Es esencial tener un ADN exportador y conocer el mercado al que se quiere apuntar para tener éxito en la internacionalización. Esto implica identificar productos que sean competitivos internacionalmente. -Las alianzas con gremios y entidades son fundamentales para facilitar el proceso de exportación, así como conocer y cumplir con las normativas del país de destino. Esto asegura que los productos sean aceptados. -La importancia de la tecnología y las redes sociales en el marketing internacional es clave. Estas herramientas permiten a los productos ser visibles en mercados globales de manera accesible y efectiva. 48:42 La internacionalización de negocios es un proceso accesible y necesario. Con el apoyo de expertos, las empresas pueden aumentar sus utilidades a través de las exportaciones. -Las conversaciones sobre comercio exterior son enriquecedoras, proporcionando nuevas perspectivas que pueden ayudar a emprendedores y gerentes en su camino hacia la internacionalización. -Se invita a los interesados a hacer preguntas y buscar apoyo, ya que hay un respaldo de 50 años de trayectoria en el sector que está disponible para ellos. -Es fundamental no tener miedo a internacionalizarse, ya que contar con la experiencia de otros facilita el proceso y ofrece mayor seguridad.
El Decreto 1165 de 2019 establece varias obligaciones aduaneras para los importadores en Colombia. Aquí te resumo algunas de las más importantes:
Registro y Autorización: Los importadores deben estar registrados y autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Declaración de Importación: Es obligatorio presentar una declaración de importación, que debe incluir información precisa sobre la mercancía, su valor, origen, y demás detalles relevantes.
Pago de Tributos Aduaneros: Los importadores deben pagar los impuestos y aranceles correspondientes antes de retirar la mercancía de la aduana.
Inspección y Control: La mercancía puede estar sujeta a inspección física y documental por parte de las autoridades aduaneras para verificar su conformidad con las normas.
Cumplimiento de Normas Técnicas y Sanitarias: Es necesario cumplir con todas las regulaciones técnicas, sanitarias y fitosanitarias aplicables a la mercancía importada.
Documentación de Soporte: Los importadores deben mantener y presentar, cuando sea requerido, toda la documentación que respalde la operación de importación, como facturas comerciales, certificados de origen, y documentos de transporte12.
Aspectos clave del régimen:
- Valor máximo de importación: El valor FOB declarado de los envíos no puede superar los USD 2.000 o su equivalente en otra moneda.
- Bienes prohibidos: Existen bienes cuya importación está prohibida por esta modalidad, como estupefacientes, sustancias psicotrópicas, objetos obscenos o inmorales.
- Impuestos: Los envíos están sujetos al pago de aranceles e impuestos, aunque existen algunas exenciones para ciertos bienes y países con acuerdos comerciales.
- Declaración de la mercancía: El remitente debe declarar el contenido y valor de los envíos para facilitar los trámites aduaneros.
- Entrega de la mercancía: La entrega de los envíos se realiza a través de los servicios postales oficiales o empresas de mensajería, quienes son responsables de los trámites aduaneros.
¿Qué debes tener en cuenta al importar por vía postal?
- Valor del envío: Asegúrate de que el valor declarado no exceda el límite establecido.
- Naturaleza de los bienes: Verifica si los bienes que deseas importar están permitidos.
- Documentación: Reúne toda la documentación requerida para la importación.
- Impuestos: Considera los costos adicionales por concepto de aranceles e impuestos.
- Tiempos de entrega: Los tiempos de entrega pueden variar dependiendo del origen del envío y otros factores.
Pasos Detallados para Inscribirse como Importador en Colombia
Inscribirse como importador en Colombia es un proceso que requiere cumplir con ciertos requisitos y seguir una serie de pasos. A continuación, te detallo los principales:
1. Inscripción en el Registro Único Tributario (RUT):
- Persona natural o jurídica: Tanto las personas naturales como las jurídicas deben estar inscritas en el RUT.
- Trámite: Se realiza ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
- Requisitos: Presentar los documentos exigidos por la DIAN, como el formulario de inscripción y los documentos de identificación.
2. Registro en el Registro de Importadores:
- Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE): El registro se realiza a través de la plataforma de la VUCE.
- Requisitos:
- Certificado de firma digital.
- Información de la empresa y del representante legal.
- Datos de contacto.
- Información sobre los productos a importar.
- Procedimiento:
- Ingresar a la plataforma de la VUCE.
- Diligenciar el formulario de registro.
- Adjuntar los documentos requeridos.
- Realizar el pago de los derechos correspondientes.
3. Obtención de Licencias y Permisos (si aplica):
- Depende del producto: Algunos productos requieren licencias o permisos especiales otorgados por diferentes entidades gubernamentales.
- Ejemplos:
- Productos agropecuarios: Ministerio de Agricultura.
- Productos farmacéuticos: INVIMA.
- Productos químicos: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
4. Definición de la Subpartida Arancelaria:
- Clasificación de los productos: Es necesario determinar la subpartida arancelaria correspondiente a los productos que se van a importar.
- Importancia: La subpartida determina los aranceles y otros impuestos aplicables.
- Consulta: Se puede consultar en la página web de la DIAN o solicitar asesoría de un agente de aduanas.
5. Selección de un Agente de Aduanas (opcional):
- Asesoramiento: Un agente de aduanas puede brindar asesoría en todo el proceso de importación.
- Trámites: Puede realizar los trámites aduaneros en nombre del importador.
Consideraciones Adicionales:
- Régimen común: La mayoría de los importadores se encuentran bajo el régimen común, que implica el cumplimiento de todos los requisitos legales y aduaneros.
- Zonas francas: Si se desea importar productos a una zona franca, existen requisitos adicionales.
- Cambios en la normativa: Es importante mantenerse actualizado sobre los cambios en la normativa aduanera y de comercio exterior.
Recomendaciones:
- Asesoramiento profesional: Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado o un consultor en comercio exterior para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos legales.
- Planificación: Planificar la importación con anticipación permite tener un mayor control sobre el proceso y evitar contratiempos.
- Información actualizada: Consultar las fuentes oficiales de información, como la DIAN y la VUCE, para obtener la información más actualizada.
11
Obligaciones aduaneras en los procesos de exportación, tránsitos y depósitos.
12
Inconterms 2020
13
Inconterms 2020
14
Arancel de aduanas
15
Arancel de aduanas
16
Introducción a las Zonas francas.
17
Recolección de evidencias finales
18
Plan de Mejoramiento
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